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Hombre de negocios, trabajar en la oficina

La La cuota de autónomos es un dolor de cabeza para muchos: entenderlo, aceptarlo, pagarlo y asimilarlo, y hay muchas variantes, condiciones, subsidios e inclusive leyendas urbanas al respecto.

Intentaremos contarte todo sobre el tarifa de autónomo y la famosa y atractiva ‘tarifa plana’ de cincuenta euros.

Cuando empiece, o cualquiera, a trabajar por su cuenta, debe ‘volverse autónomo’ para poder trabajar dentro del marco legal de España, adquiriendo ciertos beneficios y obligaciones con él.

El principal es el alta en el Régimen Especial de Empleados Autónomos (RETA), que conlleva el pago mensual de una tarifa que conocemos como la ‘tarifa de autónomo’ que varía cada año.

Esta tarifa se paga desde el primer día de actividad de su negocio o trabajo como autónomo. Podrías trabajar como autónomo dependiente o independiente. Aquí hablaremos de independientes.

El autónomo deberá realizar el pago de dicha tasa a la Tesorería General de la Seguridad Social, indicando un número de cuenta, con IBAN incluido en dicha tesorería, recordando que esta tarifa o cuota mensual no es la única que un autónomo debe cumplir.

La cuota de freelance No es más que un porcentaje calculado en base a la cotización, o digamos, el salario, que el trabajador estima tener cada mes, teniendo una base de cotización mínima y máxima definida por el Gobierno de España.

Esta base de la cotización será la base (perdón por la redundancia) para calcular las prestaciones por desempleo, ausentarse por accidente o enfermedad y, fundamentalmente, para calcular la jubilación, como veremos más adelante.

La base de cotización mínima es, en 2016, 893,10 € mensuales, lo que equivale a una cuota mensual de 267,04 €, y la máxima es de 3.642 € mensuales.

Debes conocer que el 85% de los autónomos se inscriben bajo la base mínima de cotización, ya sea debido a que sus ingresos no son suficientes, por incertidumbre o básicamente debido a que desconocen, voluntaria o no, los efectos de seleccionar la base en el mediano y largo plazo. futuro.

Tipos de tarifas de autónomos

Antes de continuar, tienes que tener claro que no existe un cupo único de autónomos, puesto que según edad, sector de actividad, pluriempleo, etc. El Estado define diferentes cupos:


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  • Autónomo con diversos actividades

En los primeros 18 meses de actividad, la tarifa es de 133,52 € al mes, y posteriormente de 200,28 € al mes.

  • Autónomo con 10 trabajadores

Si en su compañía tiene o tuvo 10 trabajadores en su compañía, la tarifa es de 1.063,33 € al mes. Si solo cotiza por contingencias mínimas, la cuota mensual es de 319,14 €.

  • Autónomos menores de 47 años

Existen varias condiciones para los autónomos que disponen 47 años de edad o menos, estas son:

  1. Si tu aportación en 2015 fue igual o superior a 1.945,80, o si acabas de darte de alta en el régimen de autónomos, puedes seleccionar el importe entre la base mínima y la máxima permitida por el Gobierno en el año en curso.
  2. Si tu aportación fue de 1.945,80 o menos, no puedes seleccionar una base superior a 1.964,70 € mensuales, salvo que la declares antes del 30 de junio del año en curso, o seas cónyuge supérstite (es el que se realiza cargo del negocio de su socio luego este último fallece)
  • Trabajador por cuenta propia de 48 años o más

Los autónomos de 48 años y más deben seleccionar un mínimo de 963,30 € y un máximo de 1.964,70 € mensuales como base de cotización, por lo que su cuota de autónomo cada mes será de al menos 288,03 euros.

Si dispones de 50 años o más, debes determinar tu base de cotización diaria de acuerdo a tu actividad en los últimos años.

En general, estos son los diferentes tipos de regímenes de autónomos que existen en España, aún cuando hay más según cada actividad, edad y perfil de la persona que se da de alta como autónomo, por lo que hay que tener mucho cuidado y andar a un experto que le oriente en este aspecto.

Cómo se calcula la tarifa de autónomo

Ya sabes lo más importante: hay diferentes tarifas de autónomo y que debes comenzar a pagar desde el primer día de actividad en tu negocio, y que, como hemos visto en el punto anterior, hay diferentes tarifas, según la profesión. , edad y otros. factores, tendrás un Base de cotización que debes seleccionarEstés o no de acuerdo con la cantidad, ya sabes, el Gobierno envía, a modo de ejemplo, este 2016 se incrementó en un 1% en comparación con 2015, y se esperan más aumentos en 2017.


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Al mismo tiempo de todo esto, debes conocer que además existen coberturas, como cualquier póliza de seguro: dependiendo de la cobertura seleccionada, pagará más o menos.

Estas son las coberturas que puedes seleccionar para tu pprotección en el régimen de autónomos:

  1. Contingencias comunes: Representa el 29,90% y cubre contingencias comunes más lactancia y embarazo.
  2. Contingencia por cese de actividad: Representa el 31,5% de la base de cotización diaria que tengas definida.
  3. Contingencia por accidentes de trabajo: Representa el 29,3% más el porcentaje según rama de actividad según CNAE.
  4. Contingencia por accidentes de trabajo y cese de actividad: Es el 31,5% más el porcentaje de la categoría de actividad, según CNAE.

Si elige la base mínima de cotización mensual, estas serían las cuotas de acuerdo a cada contingencia mencionada:

  • Contingencias comunes: 893,10 € x 29,90% = 267,04 € al mes
  • Con cese de actividad: 893,10 € x 31,6% = 282,22 € al mes
  • Contingencias por actividad: 893,10 € x 29,3% +% CNAE = 268,72 € – 325,53 €
  • Con accidente laboral y cese por actividad: 893,10 € x 31,5% +% tasa CNAE = 289,36 € – 345,18 €

¿Debes de pagar tu tarifa de autónomo si no llegas al SMI?

Ahora deseamos mostrarte un obstáculo de la España reciente: si darte de alta o no como autónomo cuando la renta es pequeña.

Supongamos que generas unos ingresos mensuales de 300 € en tu actividad, ya sea diseñador gráfico, albañil, arquitecto o profesor. La tarifa de autónomo te dejará prácticamente cero, Por no hablar de otros impuestos que deben afrontar los autónomos.

Y es que más gente tiene este problema de lo que cree, y eso les lleva a no apuntarse al régimen de autónomos, y por tanto formar parte de la economía sumergida del país, causando un agujero en los presupuestos generales cada año, valoró. en cientos de millones de euros.

¿Cuál es el problema? El vacío legal en la materia: la Ley no dice qué hacer con las personas que ganan menos de el Salario Mínimo Interprofesional.


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Si este es tu caso, y consultas al Ministerio de Hacienda, te dirán que te registres en Hacienda, para que tus ingresos sean supervisados ​​por el ministerio, para no manejar dinero ‘negro’. Te dirán que te registres con el formulario 036 o 037, para que puedas emitir facturas a tus clientes.

Si vas a seguridad Social, te dirán que debes darte de alta como autónomo sí o sí, independientemente de que ganes diez euros o dos mil mensuales. Debes cumplirlas, eso es lo que te dirán.

Muchos autónomos optan por ello por darse de alta en Hacienda, para declarar legalmente sus ingresos, sin darse de alta en la seguridad social, con el riesgo de que, en un cruce de datos, esta última, muy meticulosa y rigurosa, te envíe una multa reclamando los honorarios que no ha pagado, más un recargo del 20% por ese monto.

Aunque existe jurisprudencia en estos casos desde 2007, dicho de otra forma, muchos autónomos han recibido esta sanción, y la Corte Suprema las ha anulado, entendiendo que, si no se cumple la base mínima de cotización y / o el salario mínimo interprofesional, existe No existe la obligación de abonar la tarifa de autónomo.

Aún cuando no debes, ni tú ni nadie más, correr riesgos, lo mejor es buscar consejo y evitar una factible multa, y aún cuando es factible que puedas apelarlo, todo el papeleo y el procedimiento del trámite no es agradable.

Aprovecha la tarifa plana en la tarifa de autónomo

Sea o no tu problema, debes conocer que el Gobierno de España aprobó desde 2013 una tarifa plana en la tarifa de autónomos, reduciéndola a 50 € mensuales en lugar de las tarifas completas que hemos visto. Inicialmente era solo para menores de 30 años, pero en 2015 lo dejaron para todos.

Se trata de disminuir la cuota al mínimo y llegar paulatinamente al pago total de la cuota, con la finalidad de combatir la economía sumergida y fomentar el autoempleo.

Así es como pagarías las tarifas de autónomo con la tarifa plana:

  1. 50 € al mes durante los primeros seis meses
  2. 133 € al mes del séptimo al duodécimo mes
  3. 187 € al mes desde el mes 13 al 18

Los requerimientos para ingresar a esta tarifa plana:

  1. No haber estado inscrito en el régimen de autónomos en los últimos cinco años
  2. No ser administrador de una compañía comercial
  3. No haber recibido ningún bono de seguridad social, nunca, sin periodos de tiempo
  4. No ser colaborador autónomo