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Sin la menor duda, uno de los peores momentos que podemos vivir es desempleo, Y es que cuando nos vemos obligados a dejar nuestro trabajo de forma involuntaria, ya sea por recortes de personal o debido a que la compañía quebró, nos encontramos en una situación complicada puesto que ya no tenemos una renta fija, y esto se convierte en algo preocupante especialmente cuando hay Es una familia que depende de nuestros ingresos.

Pero para apoyar a los que están en situación de desempleo, El gobierno español ha dotado al sistema de una serie de ayudas que nos permitirán cubrir nuestras necesidades básicas mientras encontramos un trabajo estable. Entonces mientras hay opciones de primera instancia Puede existir la oportunidad de que hayamos agotado el paro, veamos un poco más en profundidad lo que esto significa.

Beneficio de desempleo

Lo primero a considerar es que el prestación por desempleo o desempleo tiene ciertas pautas en las que es válido. Considerando que durante los primeros seis meses que se cobra tenemos derecho a hasta el 70% de lo que corresponde al salario base del trabajador, Pero a partir del séptimo mes, ahora solo tienes derecho a cobrar el 50% de tu salario; Al mismo tiempo, hay que prestar atención que el plazo que podemos cobrar por desempleo es proporcional al tiempo que hemos aportado.


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Ante este último dato, aclaremos que de 360 ​​a 539 días de cotización tienes derecho a 120 días de cesantía; y así el desempleo aumenta a medida que aumenta el tiempo de cotización hasta lograr una cotización de 2.160 días o más, entonces uno tiene derecho a 720 días de desempleo. Pero si ya Hemos agotado este beneficio y seguimos sin hallar trabajoHay alguna otra ayuda que nos ha brindado el gobierno, veamos qué hacer si termina tu desempleo.

Subvenciones

Subvenciones Nos ayudan en dos situaciones, cuando hemos agotado el paro, o cuando por nuestro tiempo de cotización aún no tenemos derecho al paro. Este tipo de subvención es el primer apoyo al que debemos recurrir en caso de haber hecho uso de todos nuestros beneficios. Existen 4 tipos de subvenciones, cada una para diferentes perfiles, veamos cuáles son.

Por contribución insuficiente

El primero es el subvención por contribución insuficiente, y esto aplica solo cuando no hemos llegado a cotizar el tiempo mínimo que es de un año o 360 días. Esta subvención puede ser de hasta 426 euros, pero este valor vendrá determinado por diversas variables como el tiempo de aportación al mismo tiempo de las responsabilidades que surjan, pueden ser cónyuges o hijos bajo su responsabilidad.

Ayuda familiar

El segundo tipo de subvención que existe es la ayuda familiar para desempleados, Este tipo de ayudas es de hasta 426 euros mensuales; y es aplicable para empleados que no disponen ingresos y que disponen responsabilidades familiares; Además claro que han agotado la huelga. Concretamente, existen 2 tipos de ayudas familiares, veamos cuáles son y cuáles son sus especificaciones.

Ayuda para el agotamiento por desempleo Es el que más nos interesa en este post; Para entrar a este apoyo económico es requerimiento haber agotado el paro, así como estar desempleado o estar registrado como demandante de empleo; aquí debemos explicar que para que esto sea válido se debe considerar que hace falta estar registrado por al menos un mes puesto que nos quedamos sin desempleo. Al mismo tiempo, tenemos que cumplir con las obligaciones de los desempleados.


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Otro requerimiento es que tengamos alguna responsabilidad con un familiar directo, esto conlleva niños menores de 26 años o un niño discapacitado, o con un cónyuge que depende del trabajador. Para explicar el punto, debemos mencionar que este apoyo económico sirve no solo a quienes disponen hijos, sino que además las parejas, legalmente casadas, pueden entrar a este subsidio si uno de los dos cónyuges depende económicamente del otro.

Para entrar a este subsidio, además es requerimiento que verifiquemos que no tenemos ningún ingreso idéntico al 75% del salario mínimo, o más. Por lo tanto si tenemos unos ingresos que superan los 530,78 euros al mes, esta ayuda no es para nosotros. Cabe resaltar que este requerimiento incluye al solicitante de forma directa; pero una vez realizada esta comprobación es requerimiento que la renta o renta media de todos los miembros de la familia no supere los 530,78 euros mensuales.

En cuanto a proceso para entrar a esta ayuda, Debemos hacerlo en un plazo de 15 días hábiles, los cuales se cuentan desde el mes de espera. Es esencial que tengamos en cuenta este plazo, debido a que si no lo cumplimos no perderemos el derecho a solicitarlo, pero dejaremos de cobrar tantos días como el tiempo entre el plazo y la fecha de solicitud.

Aún cuando la cantidad que esto representa la subvención es de 426 euros al mes, Es esencial prestar atención que el valor real de la cantidad que podemos cobrar es idéntico al tiempo que hemos trabajado, por lo que, si nuestro último trabajo fue a tiempo parcial, solo tendremos derecho a cobrar el 50% del la asignación mensual.

Otro punto importante a mencionar es que podemos cobrar este desempleo por un período idéntico a 18 meses como período total, pero el procedimiento inicial es válido por 6 meses; Después de esto debemos realizar una renovación, que podemos hacer solo 2 veces, dando un total de los 18 meses mencionados.

Subsidio para mayores de 45 años

este El subsidio está sobre todo diseñado para empleados mayores de 45 años, que han agotado el desempleo y no disponen responsabilidad familiar. Si esta subvención se adapta mejor a tus necesidades, esto es lo que debes hacer para poder entrar a ella.


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El período de solicitud para este la asignación es de 15 días hábiles Comienzan a contarse a partir del final del mes de espera, que es el mes de transición entre el agotamiento del paro y el inicio del período para solicitar otros subsidios. Por lo tanto si ya estamos dentro de este plazo, el trámite se realiza con los siguientes documentos.

Debes tener un formulario de solicitud oficial En la que se incluye la cuenta de resultados, los datos para domiciliación bancaria, además es esencial tener el compromiso de actividad, así como debemos tener la autorización para solicitar información a la AEAT. Junto con estos documentos se nos pedirá que presentemos una identificación oficial.

Una vez tenemos nuestra documentación, debemos presentarnos en el Oficina de empleo SEPE que es el servicio público de empleo estatal. Pero para entender cuándo tenemos que presentarnos, es esencial programar nuestra cita, para que nos avisen el día y la hora a la que tenemos que acudir con nuestra documentación. Otra oportunidad es realizar la procesados ​​a través del portal web de SEPE.

Subsidio para mayores de 55 años

Los requerimientos para poder solicitar este soporte disponen, como dice su nombre, una edad superior a los 55 años; Además es esencial haber estado registrado como solicitante de empleo durante un mes luego de que nos quedemos sin desempleo. Además hay que prestar atención que se debe firmar el compromiso de actividad.

Otro requerimiento es no tener ingresos superiores al 75% del salario mínimo. Y que la renta media de tu familia no supere los 530,78 euros al mes. Además debe haber habido cotizado por desempleo por un período mínimo de 6 años durante su vida laboral. Además debería haber estado en el listado durante 15 años, y de estos, 2 deben haber estado en los últimos 15 años de su vida.

El período por el que podemos cobrar este subsidio es hasta que tengan la edad suficiente para poder cobrar la pensión. Pero durante cada año se debe hacer una declaración de ingresos, esto es para que podamos demostrar que no se han superado los límites admitidos. De esta dinámica podemos mantener nuestro subsidio por el tiempo requerido.

Como los subsidios antes mencionados, el plazo para solicitarlo es de 15 días luego del mes de espera. La documentación que debemos presentar para solicitar esta subvención es un formulario de solicitud con toda la información requerida. Un documento de identificación personal. El certificado del instituto nacional de seguridad social, en este se debe acreditar que se alcanza el período de gracia que es suficiente para poder entrar a una pensión de jubilación.

Para que se pueda completar el aporte jubilatorio realizado a través del INEM, Es esencial que se firme un convenio especial con la Tesorería General de la Seguridad Social. De esta dinámica podemos estar seguros de que tendremos todos los beneficios y que, cuando llegue el momento de jubilarse, se hará de la mejor manera factible.

Todas estas ayudas indudablemente nos permitirán hacer los tiempos de carencia menos desfavorables, especialmente si tenemos responsabilidades familiares o somos mayores. Aún cuando siempre se recomienda seguir intentando hallar trabajo.

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