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La crisis laboral en España no ha concluido. Sí, el empleo ha mejorado en los dos últimos años, muy poco, pero ha mejorado, aún cuando el paro sigue siendo muy alto. Algo que además ha aportado es que el empleo causado es muy volátil y hay mucha rotación. Eso ha convertido a muchos españoles en expertos en muchas cosas, y en la necesidad de serlo. Un ejemplo es saber cómo se calcula la liquidación.

Aún cuando no debemos pensar que las compañías nos engañan, debemos cuidarnos en todo momento, debido a que hay «errores» que favorecen más a las compañías que a nosotros, sus trabajadores, y no nos damos cuenta, no sabemos si los cálculos han sido correctos, y en ocasiones, comenzamos a dar la firma, sin estar convencidos de nada.

Saber calcular el asentamiento Te permitirá conocer todo esto y evitar errores que puedan perjudicarte y, fundamentalmente, adelantarte a la compañía.

No decimos que todos las compañías son malvadas y malvadas en la tierra, pero siempre es bueno saber todo lo que afecta a nuestro bolsillo.

Si al final del post tiene alguna duda o ha descubierto errores en el cálculo de su liquidación, Te aconsejamos, en primer lugar, acudir a la compañía para solucionar posibles errores, y si no es factible, acude a un abogado especializado en materia laboral, su sindicato, o la cooperativa donde esté inscrito.

Que es el asentamiento


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Asentamiento proviene de una palabra latina que significa ‘terminar’.

Es un documento que se hace cuando finaliza la vinculación laboral entre empleado y compañía, y en el que se acepta que las obligaciones y compromisos de ambos han sido cubiertos de manera oportuna.

Es un documento legal, y contiene todos los detalles de la vinculación que se han cubierto, desde datos generales, vacaciones pagadas y un sinfín de detalles que te contaremos más adelante.

Digamos, dicho de otra forma, que la liquidación es un documento legal que equilibra los derechos de la persona hacia la compañía, con todo lo que esto conlleva y está pendiente o no.

La liquidación puede declarar que todas las obligaciones de la compañía para el empleado se han cubierto, y que el saldo es cero, pero además, lo que ha estado pendiente algunos días de vacaciones, o, por el contrario, que quedan dos días sin justificación alguna.

¿Es obligatorio el cálculo y la firma de la liquidación?

No hace falta dado que es solo un equilibrio de la situación del trabajador donde expresan, ambas partes, que no hay deudas, o que las hay, detallando cuáles son y cómo se extinguirán.

Aún cuando por Jurisprudencia el documento se elabora cuando finaliza una vinculación laboral.

La firma del empleado debe presentarse, pero con ciertas condiciones. Si el empleado no está de acuerdo, puede firmar con la leyenda «no alcanza». Dicho de otra forma, acepta el documento, pero no las cantidades o conceptos que contiene.

Además puedes negarte, pero eso conlleva no recibir la cantidad de dinero que contiene, y en algunos casos, perder tiempo para tramitar la prestación por desempleo, si dispones de derecho a ella.

¿Qué conlleva la firma del acuerdo?


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No debemos confundirnos.

Firmar el acuerdo solo significa que ha recibido la cantidad de dinero allí estipulada.. No conlleva necesariamente, como te hemos dicho antes, aceptar las cantidades y su cálculo.

Las compañías suelen poner un texto en el que la firma conlleva que el trabajador acepta, y que no se pueden hacer reclamos ni aclaraciones posteriormente de la fecha de firma del documento. Es una defensa legal clara y válida que muchos usan.

Lo que debes hacer es Insistimos, manifiesta tu disconformidad, firmando y colocando la leyenda ‘Recibí no conforme’.

Si no firma, debe ir a juicio y otros trámites que llevan tiempo. El trámite y demanda sería ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC).

¿Qué debe incluir el acuerdo?

Antes de ver cómo se calcula la liquidación, debes ser capaz de entender los datos que contiene el documento, y qué debe contener, en caso de que haya alguno que no aparezca.

Lo que debe incluir el acuerdo es lo siguiente:

  • Los datos generales y completos de la compañía y del trabajador que interviene en la vinculación laboral.
  • El salario pendiente de pago hasta el momento de la emisión de la liquidación.
  • La parte proporcional de los salarios extraordinarios a los que tiene derecho el trabajador.
  • La parte proporcional del pago de beneficios
  • Vacaciones no disfrutadas por el trabajador. Son 2,5 por mes.
  • Beneficios impagos, que aparecen en el contrato, como premios por productividad, puntualidad, horas extras, etc.
  • Todas las deudas, por cualquier motivo

El monto de la compensación no tiene que aparecer en el acuerdo, a menudo se agrega a la carta de despido, o en detalle en un documento completo para esta sección.

Tampoco hace falta que el documento contenga la palabra ‘asentamiento’ en el título, debido a que el desglose de los conceptos y el concepto de saldo de la deuda, dan por sentado lo que es.

Además es clave solicitar un borrador o adelanto de la liquidación para que puedas revisar los importes y explicar todo antes de la liquidación final.

Cómo se calcula la liquidación

No es muy dificil de calcular la liquidación que te corresponde, con algunas operaciones y reglas de tres lo harás en unos 10 minutos como máximo.


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Ve a por ello.

Necesitarás estos datos, con sus cantidades exactas:

  1. Salario del último período
  2. Vacaciones a las que tiene derecho, pero que no ha disfrutado
  3. Los pagos extra

Tomemos el ejemplo de un empleado que fue despedido el 22 de septiembre. Su salario era de 1.000 euros al mes (es un afortunado trabajador) con una paga de 100 euros por viaje y dos pagos extra de 1.000 euros.

Calculemos el salario

Tendremos que calcular el salario diario.

  • Dicho de otra forma, sumamos los 1.000 € más los 100 € de viaje y los dividimos por 30, los días que componen el mes, a efectos fiscales.
  • Esto es: 1.100 € / 30 días: 36,66 € por día.
  • Si fue despedido el 22 de septiembre y se pagó toda su nómina, entonces la deuda es solo por 22 días.
  • Multiplicamos los 36,66 € por 22 días.
  • La deuda es de 806,52 €.

Ahora calculemos los días de vacaciones.

Primero calculemos los días.

Tenemos que hay 2,5 días al mes. Hasta agosto, el trabajador del ejemplo tiene 20 días. Desde que fue despedido en septiembre, tiene 1,6 días hasta el 22 de septiembre.

Multiplicamos los 21,6 días por el salario diario, de 36,66 €.

De vacaciones, como no pudo disfrutar ningún día, son 791,85 €.

Ahora debemos calcular el pago extra

Los pagos adicionales se dividen en dos períodos, que se cierran el 1 de enero y el 1 de julio.

Como este trabajador trabajó hasta el 22 de septiembre, tiene derecho a la paga extra de verano, que es de 1.000 €.

En el segundo semestre ha trabajado 82 días.

Multiplicamos los 82 días. Como es por semestre, es de 1.000 € entre 180 días (la mitad del año), y multiplicado por los 82 días que tarda. Son 453,03 €.

Ahora calculamos el asentamiento.

Agregamos: Salario + Vacaciones + Pago extra.

En esta circunstancia: 806,52 € + 791,85 € + 1.453,03 €.

La liquidación debe ser de 3.051,4 €.

Si hay más cantidades contenidas en el contrato, deben agregarse a esa cantidad total.

Más bien, imaginemos que disfrutó de su 30 días naturales de vacaciones, y solo correspondieron a 21,6 como hemos visto. Después, el importe se restaría y no se sumaría al total, cambiando completamente el importe de la liquidación en casi 600 € menos.

Lo mismo ocurre con el pago extra: Si el trabajador hubiera recibido los dos pagos adicionales sobre una base mensual prorrateada, no habría ningún cálculo de pago adicional, solo vacaciones y salario, cambiando además el monto a montos muy diferentes.

Lo mismo si la paga extra en vez de pagarse semestralmente, se paga anualmente, los montos cambian.

Revise todos esos detalles y basarlos en el contrato.

No te mencionamos en el Calculo tu indemnización, dado que eso regularmente va en otro documento o en tu carta de despido y no forma parte de la liquidación, por lo general, y se le calcula individualmente.

Al mismo tiempo, si existieran deudas del trabajador con la compañía, a modo de ejemplo, anticipos de nómina, compras de sus productos, a modo de ejemplo, un electrodoméstico, se restan del total acumulado.

A veces el resultado es negativo para el trabajador, y otras veces, resulta en ceros, todo es factible en cálculos como este.

Conclusión


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La liquidación es un equilibrio de las obligaciones de la compañía con el trabajador y viceversa., hasta el momento en que finalice la vinculación laboral. Incluyen pagos pendientes acumulados por contrato, que pueden ser a favor del trabajador o de la compañía.

Acude a un abogado especialista, y firma según lo que encuentres, sin ser coaccionado por la compañía, y siempre con la leyenda ‘no conforme’ si puede haber algo extraño en el asentamiento.

Calcule su liquidación usted mismoComo ves, es muy fácil, y fundamentalmente rápido, en internet hay muchos programas y formularios que lo calculan de forma automática, si no te fías de tus cálculos.

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