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La figura del autónomo corporativo no se trata de algo que se conozca como lo hace el autónomo o el trabajador por cuenta ajena. Y, a pesar de todo, puede ser un modo en el que ahorra y gana más a la vez.

Es por esto que, en esta ocasión, pretendemos ayudarte a descubrir qué es el autónomo corporativo, cuáles son los requerimientos para esta cifra, cómo cobran su trabajo y cuánto pagan como tarifa de Seguro Social.

¿Qué es una compañía autónoma?

De forma simple, un término clara de compañía autónoma sería la de «Aquella persona que decide constituir una compañía comercial o una compañía». No obstante, va un poco más allá. En esta circunstancia, un autónomo es una persona, regularmente autónoma, que o bien pertenece a una compañía debido a que ha puesto un capital que le posibilita tener una determinada cantidad de la compañía; o decidió crear una compañía o compañía, y que, por tanto, está inscrita en el Régimen Especial de Autónomos.

Por tanto, hablamos de alguien que ocupe un puesto directivo en una compañía, ya être como director o como asesor, pero que además pueda prestar servicios a esta compañía.

Diferencia entre compañía autónoma y autónoma

Ahora viene la gran pregunta: ¿qué diferencia verdaderamente a un autónomo de un autónomo corporativo?

Por una parte, hablamos de figura, el de la compañía autónoma, que forma parte de una compañía o la constituye y que, por tanto, dispone de una participación en la misma de acuerdo con el capital que pone. En el caso de los autónomos, no tiene compañía.

No obstante, y es algo con lo que se nota muy fácilmente la diferencia entre las dos figuras, la GRAN diferencia está en su responsabilidad.

La météo un autónomo tiene que responder con todos sus bienes privados si algo pasa; En el caso de una compañía autónoma, este no es el caso, su responsabilidad se limita única y exclusivamente a la participación que hayan realizado, ya sea 25, 33, 50% …

Requerimientos para ser autónomo


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No obstante, no todos los autónomos del RETA (Régimen Especial de Autónomos) pueden ser una compañía autónoma. Para esto, deben cumplir una serie de requerimientos para poder beneficiarse (o no) de las condiciones que ofrece esta figura.

Entre estos requerimientos se encuentran:

  • Tener al menos el 25% del capital social de esa sociedad que se ha constituido (o se va a constituir) y que al mismo tiempo tiene funciones en la dirección o administración.
  • Tener al menos el 33% del capital y trabajar en la compañía.
  • No tener intereses en la compañía, pero convivir con una persona que tenga al menos el 50% de su capital.
  • No hace falta que se cumplan todos estos requerimientos, pero con uno de ellos, ya podrías caer dentro de esta cifra.

Cómo registrarse como compañía autónoma


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¿Te interesa saber cómo darte de alta como compañía autónoma? Es esencial que traigas toda la documentación, o que la presente online si es viable, para agilizar todo el procedimiento. Es por esto que, aquí te detallamos lo que necesitarás:

  • Declaración censal. Tienes este con el modelo 036 donde se establecerá la actividad económica que ejerces (o la que vas a ejercer si todavía no has empezado).
  • Modelo TA 0521. Consiste en una solicitud simplificada de alta, baja o variación de datos en el régimen especial de autónomos. ¿Para qué sirve? Pues bien, para que, si todavía no has empezado como autónomo, te registres como tal (en compañía autónoma), y si lo eres, para variar los datos que tiene la Seguridad Social sobre ti.
  • Copia y original de la escritura social. Dicho de otra forma, hay que acreditar que se ha creado una compañía y adjuntar los documentos que la acrediten.
  • Copia de su DNI.

Por tanto, los pasos que debes seguir son:

  • Vaya al Registro Mercantil para dar de alta la compañía. En esta circunstancia, deberá seleccionar la denominación social, realizar escritura pública de constitución, etc.
  • Accede a la Seguridad Social para darte de alta como autónomo, y en esta circunstancia como compañía autónoma.

¿Cómo cobras el trabajo?

Otra de las dudas que genera la compañía autónoma es al momento de cobrar por el trabajo que realiza. No obstante, no es tan complicado de comprender y, en realidad, hay dos alternativas para hacerlo.

Factura la entidad

Una de las primeras es emitir una factura solo que, en vez de ese client final, lo que se realiza es facturar a la sociedad. En esta circunstancia, ese trabajo sería como una actividad económica.

¿Pero eso lleva el IVA?

De hecho, el que aclara este tema es el Publier 27.1 de la LIRPF (o Ley del Impuesto sobre la Renta de las Gens Físicas, para que la comprendas mejor), así como Consultas Vinculantes (concretamente V1147-15 y V1148-15). ¿Qué dicen ellos? Bueno, una factura debe llevar IVA si:

  • Se usan medios propios para llevar adelante la actividad que se ha realizado.
  • Si se define un horario de trabajo y un horario de vacaciones.
  • Si existe un riesgo económico (a modo de ejemplo, ese dinero se pone para hacer el trabajo, esperando ser pagado más tarde).
  • Tienes una responsabilidad con el cliente.
  • Si no se cumplen esos requerimientos, no tendrá IVA.

Como nómina

Otra alternativa es que cada trabajador y personal disponga de nómina, de tal forma que se «empleen» y, aún cuando estén inscritos en el RETA, todo su trabajo tributa como renta del trabajo.

¿Cuánto paga una compañía autónoma?


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Para terminar, te vamos a hablar de la cuota de empleados corporativos, dado que tal vez sea lo que más te interese a tal efecto. Y, al contrario de lo que podrías pensar, la tarifa no es más barata que la de los autónomos (al menos si la comparamos con ambos con la base mínima). Hoy en día, la cuota mensual es de 367,84 euros, algo superior a la de un autónomo «normal».

Debes prestar atención que, del mismo modo que ocurre con la cuota de autónomos, además puede variar anualmente, y casi siempre es arriba, no abajo.