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El CIF significa Código de identificación fiscal y es un elemento de identificación administrativa utilizado por compañías y instituciones para identificar los porcentajes y regímenes tributarios a los que pertenece cada tipo de compañía.

Origen de la mercancía y explicación de la nomenclatura

Para comenzar debemos identificar y categorizar la nomenclatura arancelaria del sistema TARIC, dicho de otra forma, el sistema aduanero utilizado en la Unión Europea.

La partida arancelaria tiene la función de indicar el porcentaje de arancel e IVA que se debe aplicar en cada caso, así como los requerimientos que se deben cumplir, a modo de ejemplo, la necesidad de presentar licencias y otras credenciales que identifiquen el origen legal de la mercancía importada. .

La partida arancelaria Regularmente lo proporciona el remitente, pero siempre sugerimos que los importadores revisen la información con su agente de aduanas para evitar problemas futuros.

El Código CIF consta de 9 dígitos alfanuméricos siempre siguiendo la próxima estructura:

TPP 0 0 0 0 0 C

Dónde:

  • T: Es la carta tipo Organización, que puede ser cualquiera de estas:A, B, C, D, E, F, G, H, J, K, L, M, N, P, Q, R, S, U, V, W.
  • PAG: Código provincial.
  • 0: Numeración secuencial que le corresponde dentro de la provincia.
  • C: Verifique un dígito, un número o una letra

El primer dígito T Es una carta que indica el tipo de compañía con la que estamos trabajando y puede ser cualquiera de las siguientes:

  • A – Sociedad Anónima.
  • B – Sociedad de responsabilidad limitada.
  • C – Asociación colectiva.
  • D – Sociedad en comandita.
  • E – Comunidad de bienes y herencias yacentes.
  • F – Sociedad cooperativa.
  • G – Asociaciones.
  • H – Comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal.
  • J – Sociedades civiles, con o sin personalidad jurídica.
  • K: formato antiguo y obsoleto.
  • L: formato antiguo y obsoleto.
  • M: formato antiguo y obsoleto.
  • N – Entidades extranjeras.
  • P – Corporación local.
  • Q – Organismo público.
  • R – Congregaciones e Organizaciones Religiosas.
  • S – Órganos de la Gestión del Estado y Comunidades Autónomas.
  • U – Uniones temporales de compañías.
  • V – Otro tipo de compañías que no se definen en el resto de claves.
  • W – Establecimientos permanentes de entidades no residentes en España.

Las modificaciones que se introdujeron se pueden resumir como:


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La tecla de letra G, que se asignó a «asociaciones y otros tipos indefinidos», se convierte en 4 subcategorías.

G: Esto incluye sindicatos, partidos políticos, asociaciones de consumidores y usuarios, así como federaciones deportivas. Además se incluyen fundaciones sin ánimo de lucro y Cajas de Ahorros.

La próxima parte de la clave es la identificación provincial que consta de los dos primeros dígitos que están PAG y los siguientes 5 dígitos que son 0, en el ejemplo de CIF, de los cuales los dos primeros corresponden al identificador de la provincia en la que se encuentra la organización y los 5 dígitos siguientes son una numeración secuencial o correlativa en la misma provincia.

  • 01 – Álava.
  • 02 – Albacete.
  • 03, 53, 54 – Alicante.
  • 04 – Almería.
  • 05 – Ávila.
  • 06 – Badajoz.
  • 07, 57 – Islas Baleares.
  • 08, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64 – Barcelona.
  • 09 – Burgos.
  • 10 – Cáceres.
  • 11, 72 – Cádiz.
  • 12 – Castellón.
  • 13 – Ciudad Real.
  • 14, 56 – Córdoba.
  • 15, 70 – A Coruña.
  • 16 – Cuenca.
  • 17, 55 – Girona.
  • 18 – Granada.
  • 19 – Guadalajara.
  • 20, 71 – Guipúzcoa.
  • 21 – Huelva.
  • 22 – Huesca.
  • 23 – Jaén.
  • 24 – León.
  • 25 – Lleida.
  • 26 – La Rioja.
  • 27 – Lugo.
  • 28, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85 – Madrid.
  • 29, 92, 93 – Málaga.
  • 30, 73 – Murcia.
  • 31 – Navarra.
  • 32 – Ourense.
  • 33, 74 – Asturias.
  • 34 – Palencia.
  • 35, 76 – Las Palmas.
  • 36, 94 – Pontevedra.
  • 37 – Salamanca.
  • 38, 75 – Santa Cruz de Tenerife.
  • 39 – Cantabria.
  • 40 – Segovia.
  • 41, 91 – Sevilla.
  • 42 – Soria.
  • 43, 77 – Tarragona.
  • 44 – Teruel.
  • 45 – Toledo.
  • 46, 96, 97, 98 – Valencia.
  • 47 – Valladolid.
  • 48, 95 – Vizcaya.
  • 49 – Zamora.
  • 50, 99 – Zaragoza.
  • 51 – Ceuta.
  • 52 – Melilla.

En resumen con la comprensión de un Código CIF debes de identificar el último dígito marcado con una C, donde pondrás un número o una letra según sea el caso:

Carta Carácter Jurídico a incluir en el CIF:

A las sociedades anónimas Número

B Número de sociedades de responsabilidad limitada

C Asociaciones colectivas Número

D Número de sociedades limitadas

E Comunidades de bienes y herencias yacentes Número

F Sociedades cooperativas Número

Número de asociaciones G

H Comunidades de propietarios Número

J Compañías civiles, con o sin personalidad jurídica Número

N Carta de entidades extranjeras

P Carta de corporaciones locales

Q Carta de organismos públicos

R Congregaciones e organizaciones religiosas Carta

S Carta de Órganos de la Gestión del Estado

U Número de sindicato temporal de compañías

V Otros tipos no definidos en el resto de claves Número

W Establecimientos de entidades no residentes en España Carta

Cómo calcular el CIF


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Toda mercancía que llegue a la Unión Europea procedente de otras partes del mundo, debe ser debidamente despachada para que pueda acceder legalmente y ser aprobada oficialmente, aún cuando existen algunas excepciones dependiendo del objetivo de la importación, o mejor dicho, del régimen que se tenga. debe aplicarse de acuerdo a los múltiples casos que se puedan presentar: a modo de ejemplo, perfeccionamiento activo o pasivo, importación temporal, entre otros.

Como consecuencia de este procedimiento de legalización de la mercancía, el importador deberá pagar impuestos: IVA y derechos de despacho de aduana. Entonces, ¿cómo se determinan estos impuestos?

Valor en aduana o valor CIF de la mercancía

Una vez que conocemos el origen y destino de la mercancía, entonces determinamos el valor CIF de la misma, para esto aplicamos el porcentaje del arancel, para conseguir el costo del Arancel de Importación.

Después, en base a estos importes, podemos calcular la base del IVA, que se compone de la suma de los siguientes conceptos:

  • Valor en aduana
  • Derechos de Importación
  • Tasas portuarias identificadas con el código (T3)
  • Descarga y manipulación que se conoce con la llave (THC)
  • Como tenemos la base del IVA, podemos aplicar ese porcentaje
  • Calcular IVA y Arancel sobre importaciones

Para explicar un poco el concepto, le mostraremos un ejemplo de cálculo de impuestos en una importación:

CÁLCULO DEL IMPUESTO SOBRE UNA IMPORTACIÓN MARÍTIMA DE CHINA FCL


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Supongamos una importación marítima desde China, donde se han producido los siguientes gastos particulares:

En China:

  • 450 USD: flete desde el almacén del proveedor hasta la carga del contenedor en el barco
  • 1000 USD: flete marítimo

Gastos en España:

  • 170 EUR: Descarga y manipulación
  • 50 EUR: tasas portuarias
  • 200 EUR: Transporte desde el barco hasta el almacén del importador
  • 150 EUR: Resto de gastos como documentación y trámites.

Más información:

7.500 USD, valor de la mercancía.

Mercancía: pantalones de mezclilla

El agente de aduanas nos informa que la partida arancelaria a aplicar es la 6103.4200 / 00, la cual está relacionada a un arancel del 12% en el caso de provenir de China, y un 21% de IVA.

Primero debe convertir a EUR, y para ello se aplica el cambio oficial provisto por Aduanas mensualmente. Para los ejemplos tomaremos como precio de cambio 1 USD es igual a 0,72 EUR.

Veamos el cálculo de impuestos para una importación. en condiciones FOB, en base a la información presentada previamente:

Concepto Cantidad en dólares Importe Euros
Valor de mercancía $ 7.500,00 5.400,00 €
Costo del flete $ 1,000.00 € 720,00
Seguro (3/1000) $ 22.50 € 16,20
Total 6.136,20 €

Debemos aplicar el porcentaje de tarifa que le corresponda, según la partida arancelaria y el lugar de origen de la mercancía:

Valor en aduana 6.136,20 €
Deber 12% 736,34 €
Total € 6.872,54

La base del IVA se obtiene con la suma de varios conceptos necesarios:

Valor en aduana + valor en aduana 12% € 6.872,54
THC 170,00 €
T3 50,00 €
Total 7.092,54 €

Y sobre la base del IVA, podemos aplicar el porcentaje de IVA

Base de IVA 7.092,54 €
21% IVA € 1.489,43

Se puede decir entonces que los impuestos de esta importación serían entonces: 736,34 Euros de Arancel, y 1.489,43 Euros de IVA.

Si puedes apreciar en detalle, este trámite es una ecuación con dos incógnitas, en la que debemos tener muy claros los conceptos originales y la información recopilada en base a la lectura del Código CIF, para calcular correctamente las tarifas que deberás de pagar a Importa cualquier tipo de mercancía, bastará con conocer su CIF para aplicar los conocimientos que has leído aquí, trata de fundamentarte en el ejemplo y las tablas para comenzar a practicar, no necesitas ser un experto matemático, eso del ecuaciones es otra manera sencilla de solucionar, pero primero debe familiarizarse con los conceptos básicos necesarios.

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